Aunque no sea una cosa nueva, la aplicación del artículo 24 de la ley de Prevención de Riesgos Laborales (que se desarrolla en el RD 171/2007), cada vez es más común. En ADR trans, S.L. (y en todo el grupo Barcelonesa) tenemos un equipo de Calidad que nos guía y nos obliga a estar al día con estos temas.
La Coordinación de Actividades con agentes externos que han trabajado en nuestras instalaciones siempre se ha realizado. Ahora, lo que nos encontramos en auge es la necesidad de Coordinar Actividades con diferentes destinatarios donde tenemos que repartir o realizar trasvases de líquidos en sus instalaciones (o las demás actividades requeridas por nuestros clientes). Es por eso que hemos aprendido como gestionar todos estos requerimientos de información, y la utilización de las diferentes plataformas digitales existentes para gestionar la Coordinación de Actividades. Vamos a compartir el know-how obtenido en la aplicación de la Coordinación de Actividades, a ver si así podemos ser de ayuda a todos los que os estáis iniciando en ella.
La finalidad de esta legislación es garantizar el intercambio de información necesaria entre las diferentes empresas para el control de las interacciones de las distintas actividades desarrolladas en el centro de trabajo. La Coordinación de Actividades Empresariales para la Prevención de Riesgos Laborales es una obligación legal por la que se debe garantizar, por parte de los responsables de las empresas que concurren en un centro de trabajo, el cumplimiento de los siguientes objetivos:
- La aplicación coherente y responsable de los principios de la acción preventiva establecidos en el artículo de la ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales.
- La aplicación correcta de los métodos de trabajo.
- El control de las interacciones de las diferentes actividades desarrolladas en el centro de trabajo, en particular cuando puedan generar riesgos calificados como graves o muy graves, o cuando se desarrollen en el centro de trabajo actividades incompatibles entre sí por su incidencia en la seguridad y salud de los trabajadores.
La Coordinación de Actividades es un importante flujo de información entre las empresas colaboradoras. No toda la información es relativa a la Prevención de Riesgos Laborales, también se solicita por la mayoría de las empresas información de la situación fiscal y administrativa de la empresa.
De esta manera cumplen otras leyes que también están obligadas, y se aseguran de limitar responsabilidades también expuestas en la legislación vigente. Por ejemplo, el Art. 42 del Estatuto de los Trabajadores obliga a la empresa contratante a solicitar un certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social, o con la póliza de seguro la empresa contratista se asegura que no tendrá que hacer frente a posibles responsabilidades subsidiarias o según el RD 2011/5 será responsabilidad del empresario que realiza la contratación o subcontratación de obras o servicios, comprobar la afiliación y alta en la Seguridad Social de los trabajadores que vayan a ocuparse de dicho trabajo.
Es una ley de mínimos, y no especifica que documentos se deben intercambiar, por eso varían en función de las empresas, según quieran reforzar la seguridad en sus instalaciones. Según nuestra experiencia en el transporte de mercancías peligrosas, os hemos realizado un listado de los principales documentos acreditativos requeridos:
EMPRESA | TRABAJADOR | VEHÍCULO |
Modalidad preventiva adoptada | Certificado de apritud médica vigente | Permiso de circulación de vehículo |
Evaluación de riesgos y medidas preventivas | Certificado de aptitud médica para conductores profesionales | Ficha Técnica |
Planificación de la actividad preventiva | Relación de entrega de EPIS | Inspección técnica del vehículo (ITV) |
Documento de asociación a la mutua o contrato | Certificado de formación e información en materia de risgos laborales relativos a la actividad | Seguro obligatório |
Código de indentificación fiscal | Certificado de formación de seguridad en manipulación de productos químicos | |
Certificado de estar al corriente de pagos con la Agencia Tributaria | Coordinación de actividades empresariales:acreditación, formación e información | |
Certificado de estar al corriente de pagos con la Seguridad Social | DNI, NIE o Pasaporte | |
TC1 | RNT (Relación Nominal de Trabajadores) | |
Póliza seguro de responsabilidad civil | TC2 | |
Relación Nominal Trabajadores (RNT) | Recibo de pago como autónomo | |
Carnet de conducir o si aplica cualquier carnet específico (en nuestro caso carnet de ADR) | ||
Autorización para uso de maquinarias | ||
Disposición de las fichas de seguridad sobre los productos químicos a tratar |
Tener en cuenta que en todos los casos que la información requiera un pago, se deberá aportar el debido justificante.
Hoy en día, existen unas plataformas digitales que facilitan el trabajo y mantenimiento de estos datos, ya que se deben de ir actualizando en función de la caducidad, o demás requerimientos del cliente. Para finalizar, recordar que lo que se pretende con la Coordinación de Actividades es minimizar los accidentes. Que tanto los trabajadores externos como empresas contratantes conozcan que riesgos hay en la actividad a realizar.
Muchas veces entre tantos documentos olvidamos el objetivo principal: la seguridad, motivo de especial importancia en ADR trans. Por eso aparte de tener todos los documentos que nos acreditan, los ponemos en práctica.