Llegan nuevas actualizaciones con respecto a la normativa ADR que ya pueden consultarse en la página web del ministerio de transporte.
Concretamente, la nueva norma se encuentra publicada en la edición Nº 88, de 13 de abril de 2021, del BOE.
En BDtrans estamos especializados en el transporte industrial de mercancías peligrosas, por lo que también nos mantenemos al tanto de todo lo que tenga que ver con esta regulación.
Pero antes de contarte cuáles son esas novedades, pongámonos en contexto.
Qué es la normativa ADR
El ADR es el Acuerdo Europeo sobre el Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera. Este acuerdo se redactó en Ginebra en 1957 y no entró en vigor hasta 1968, más de 10 años después.
Cómo se estructura este Acuerdo
Este documento está compuesto por 17 artículos y dos anexos (A y B).
- Anexo A: recoge todo lo que tiene que ver con las acciones que se deben realizar antes de llevar a cabo el transporte de la mercancía. Es decir, clasificación de la mercancía, elección de recipientes usados, documentación a rellenar, controles previos a la salida, etc.
- Anexo B: este contempla las acciones durante la circulación del vehículo. Su conducción, el equipamiento y la elección del conductor son algunos de los temas que se tratan en este anexo.
Con esto puedes hacerte una idea general de las regulaciones de esta normativa.
¿Cada cuánto se actualiza la normativa ADR?
Los anexos que te hemos mostrado más arriba se actualizan a través de enmiendas que se llevan a cabo con una frecuencia de dos años.
La enmienda anterior al ADR 2021 fue el ADR 2019.
El ADR 2021 es el mismo texto del ADR 2019 con nuevas enmiendas aprobadas, de las que te vamos a hablar a continuación.
Las principales modificaciones del ADR 2021
Estas actualizaciones entraron en vigor el 1 de enero del 2021, y su aplicación será obligatoria a partir del 1 de julio de 2021.
Entre sus novedades principales destacamos:
- En el ADR 2021, el descargador también tendrá que presentar el informe sobre accidentes con Mercancías Peligrosas. Antes solo tenían que presentarlo el cargador, el llenador, el transportista y el destinatario.
- Se incluye un nuevo apartado con la nueva definición de «desechos médicos o clínicos», que según el texto son «desechos derivados del tratamiento veterinario de animales, del tratamiento médico de seres humanos, o de la investigación biológica». Se recalca el UN al que se asignan estos residuos dependiendo de la categoría.
- Se ha añadido el número 836 para la identificación de peligro en los paneles naranja, que corresponde a «materia corrosiva o materias débilmente corrosivas e inflamables (punto de inflamación de 23ºC a 60ºC, incluidos los valores límites) y tóxica».
- Se aclara que el cargador de cisternas o llenador es el responsable de respetar el grado de llenado.
- La marca para las pilas de litio se reduce a 100 x 100 mm. Y si lo exige el tamaño del bulto, las dimensiones podrán reducirse hasta 100 mm de ancho x 17 de alto.
- La cantidad transportada debe expresarse en la carta de porte en volumen.
- Antes solo era obligatorio para los contenedores cisterna indicar en la carta de porte la fecha de finalización del tiempo de retención real. Ahora, también es obligatorio para las cisternas portátiles para gases licuados refrigerados.
- En la carta de porte se debe indicar la cantidad total de cada mercancía peligrosa que tenga: un número ONU, una designación oficial de transporte o un grupo de embalaje distinto.
Estas son algunas de las novedades que puedes consultar en el BOE que te hemos mencionado más arriba.
¿Necesitas ayuda?
Si tienes alguna duda referente a la nueva normativa ADR 2021, nosotros podemos ayudarte poniéndote en contacto con nuestros consejeros de seguridad.
En BDtrans estaremos encantados de ayudarte y resolver cualquier consulta que te surja para que estés al día con las actualizaciones legales.